Sanciones a Restaurantes por el Carnet para Manipuladores de Alimentos

Sanciones a Restaurantes por el Carnet para Manipuladores de Alimentos

Argumentos como “solo se encargan de servir las mesas” han sido utilizados durante mucho tiempo para justificarse cuando muchos empleados de bares y restaurantes decían carecer del carnet para manipuladores de alimentos, sin ser conscientes siquiera que estaban cometiendo una práctica que, además de poco saludable, resulta incluso ilegal, ya que se estaría incumpliendo la normativa Higiene Alimentaria.
 

Carnet Manipulador de Alimentos para Restaurantes

Aunque es lógico pensar que toda persona que desarrolle su actividad laboral en este ámbito debería tener unas nociones básicas sobre higiene y seguridad alimentaria, las sanciones administrativas parecen tener mucho más efecto que la lógica. Por eso, hoy nos gustaría aprovechar este espacio para hablarte precisamente de lo que le puede ocurrir a un establecimiento de esta naturaleza si entre su plantilla hay empleados que no poseen la titulación que les capacita para trabajar como manipulador de alimentos para restaurantes. Continúa leyendo este post si quieres conocer de primera mano lo que dice la ley en este sentido.

Si vas a abrir un restaurante o regentas un establecimiento de hostelería o restauración, debes saber que en el año 2010 se publicó el Real Decreto 109/2010, de 5 de febrero, mediante el cual de indicaba de forma clara y expresa que la formación de aquellos trabajadores de empresas en las que se sirvan productos alimenticios, es responsabilidad de la propia empresa, al igual que la sanción correspondiente en caso de incumplimiento. Y no te olvides de comprobar periódicamente la caducidad del carnet de manipulador de alimentos de todos tus empleados.

 

Evitar posibles sanciones a los Manipuladores de Alimentos

Las sanciones administrativas que puede sufrir un establecimiento hostelero en el que sus trabajadores no cuentan con el Carnet Manipulador Alimentos están graduadas en función del daño o riesgo que puedan causar a la salud pública, dividiéndose entre:

  • Infracciones leves, sin trascendencia directa para la salud pública y penadas con sanciones de hasta 5.000€.
  • Infracciones graves, causantes de daños más importantes y muchas de ellas por la falta de controles o la comisión de acciones recurrentes… Serán penadas con multas de hasta 20.000€.
  • Infracciones muy graves, con consecuencias graves sobre la salud pública y penadas con multas de hasta 600.000€.

Aunque desde nuestro Centro de Formación Nacional nos gustaría recordarte que la sanción puede no ser exclusivamente en forma de multa. Cabe la posibilidad de que se impongan otro tipo de medidas como el cierre temporal del establecimiento o el pago de la indemnización correspondiente por el daño y perjuicio causado, valorado siempre por un perito instructor.

En definitiva, estamos ante una irregularidad cuyas consecuencias pueden ser nefastas y, sin embargo, evitarla es muy sencillo: basta con realizar un curso al que se puede acceder a través de internet, incluso hasta se pueden hacer los examenes de manipulación de alimentos desde la propia casa o en el mismo puesto de trabajo. Entra en el apartado «Inicio» o «Curso» de nuestra página web (ver arriba) y conoce el procedimiento que ponemos a disposición de todas las personas que necesiten obtener una titulación 100% válida que le permita manipular alimentos en todo el territorio nacional y para cualquier tipo de actividad laboral relacionada con el sector alimenticio.

Puedes entrar en los siguientes artículos si te interesa saber que es APPCC o cómo llevar la gestión de alérgenos en la hostelería.



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